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año:2010
 
institución:CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 12229 10 de diciembre, 2010 DCA-0876 Doctora Marcela Chavarría Barrantes Directora Regional Dirección Regional de Servicios de Salud Central Norte Caja Costarricense de Seguro Social Estimada señora: Asunto: Aprobación de los contratos y adendas de compra de artículos y materiales de aseo y limpieza para la Región Central Norte modalidad entrega según demanda suscritos entre esa Institución y las empresas Interquin de Grecia S.A. y otras por un monto inestimable. Licitación Pública 2009LN-000008-2299. Damos respuesta al oficio D.R.S.S.C.N.- 3614-2010 de 14 de setiembre del 2010 mediante el cual somete a refrendo los contratos de compra de artículos y materiales de aseo y limpieza para la Región Central Norte modalidad entrega según demanda suscritos entre esa Institución y las empresas Interquin de Grecia S.A., Lemen de Costa Rica S.A., Agroinduchen S.A., Plásticos Puente S.A., Prolim PRLM S.A., Centro Textil José Befeler S.A., Mora Soto & Cía S.A., Corporación CEK de Costa Rica S.A., Promedical de Costa Rica Ltda., Distribuidora Ferreplas San José S.A. y Corporación Andrea Industrial Inc. S.A. por un monto inestimable, correspondientes a la Licitación Pública 2009LN-000008-2299. A solicitud de este Despacho dicho oficio se complementó con el oficio DRSSCN-4147-2010 de 26 de octubre del 2010 y DRSSCN-4571-2010 de 18 de noviembre del 2010 al cual adjunta una primera adenda para cada contrato. I. Antecedentes La Administración tramita la Licitación Pública Licitación Pública 2009LN-000008- 2299 para la compra de artículos y materiales de aseo y limpieza para la Región Central Norte modalidad entrega según demanda. Se presentaron 16 ofertas a concurso resultando una excluida y adjudicándose conforme a los parámetros de calificación. 2 II. Criterio del Despacho Una ve ...
Fecha publicación: 13/12/2010
Fecha emisión: 10/12/2010
Documento: 12229-2010.pdf
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº11783 30 de noviembre, 2010 DCA-0723 Licenciado Víctor Eduardo Fernández Badilla Director Ejecutivo FRAP Caja Costarricense de Seguro Social Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo a los contratos derivados de la licitación Pública N° 2010LN-00001- 1182, suscritos entre la Caja Costarricense del Seguro Social (en adelante C.C.S.S.) y los siguientes puestos de bolsa: BN Valores Puesto de Bolsa S.A., Popular Valores Puesto de Bolsa S.A., BCR Valores Puesto de Bolsa S.A., INS Valores Puesto de Bolsa S.A., BAC San José Puesto de Bolsa S.A. y Mercado de Valores de Costa Rica Puesto de Bolsa S.A., todos de cuantía inestimable. Plazo un año prorrogable hasta por tres periodos iguales. Se atiende su oficio DFRAP-886-2010 de fecha 6 de octubre de 2010, recibido el día 7 del mismo mes y año, por medio del cual solicita el refrendo de los contratos referidos en el asunto. Dicho oficio a petición de este Despacho es ampliado mediante oficio DFRAP-1014-2010 del 12 de noviembre del ano en curso. Al respecto se indica que se otorga el refrendo de los contratos enunciados, considerando que mediante certificación de contenido presupuestario DFRAP-1005-2010 de fecha 9 de noviembre de 2010 el Lic. Víctor Fernández Badilla, Director Ejecutivo del Fondo del Retiro, Ahorro y Préstamo, (FRAP) certifica que “…para el trámite de la Licitación Pública de Cuantía inestimable 2010LN-000001-1182, para la Contratación de Servicios de Intermediación bursátil a través de Puestos de Bolsa; Unidad Programática 1182, actividad 105, servicio 000, se han separado administrativamente los recursos por ¢25,000.000.00 (veinticinco millones de colones exactos), disponibles en la partida presupuestaria 2840 del año 2010. La Dirección Ejecutivo del FRAP, se compromete a reservar y garantizar el contenido presupuestario para el año 2011 y periodos posteriores…”. Es ...
Fecha publicación: 03/12/2010
Fecha emisión: 30/11/2010
Documento: 11783-2010.pdf
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11435 22 de noviembre, 2010 DCA-0646 Licenciado Claudio Salgado Sánchez Jefe a.i. José Luis Madrigal A. Encargado Área de adquisiciones de Bienes y Servicios Sub Área de Garantías y Contratos CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL Fax: 2257-0969 Estimados señores: Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito por la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) Siemens S.A., para la adquisición de equipo de Rayos X para imágenes médicas, sus accesorios, instalación, mantenimiento, capacitación y otros, derivados de la Licitación Pública 2009LN-000001-1142, por $4.498.805.30. Nos referimos a sus oficios SAG-2010-4111 del 19 de octubre de 2010 y SA-GA- 2010-4702 del 17 de noviembre de este año, mediante los cuales solicita el refrendo al contrato referido en el párrafo anterior y aporta nueva información solicitada por nosotros para su trámite. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo respectivo al contrato anteriormente citado, ello con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley 7428 del 7 de setiembre de 1994, el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, resolución R-CO-10 de las 9:00 horas del 27 de enero de 2009, publicado en La Gaceta 23 del 03 de febrero de 2009, y la resolución R-DC-27 de las 11 horas del 9 de febrero de 2010, publicado en La Gaceta 33 del 17 de febrero de 2010. Lo anterior bajo los siguientes comentarios y condiciones, a las cuales quedan sujetos los refrendos conferidos. I.- Consideraciones de la gestión: Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los aspectos siguientes: i) Las consultas sobre morosidad patronal ante el SICERE, de las empresa Siemen ...
Fecha publicación: 25/11/2010
Fecha emisión: 22/11/2010
Documento: 11435-2010.pdf
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 10174 21 de octubre 2010 DCA-0319 Señor Claudio Salgado Sánchez Área de adquisiciones de bienes y servicios Jefe a.i Caja Costarricense de Seguro Social Estimado señor: Asunto: Se deniega refrendo al contrato suscrito por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) con H & M Health and Medicine Corp, representada por ENHMED S.A. para la compra de unidades dentales completas, derivados de la Licitación Pública 2008LN-000017-1142, por un monto de US$1.117.053 (un millón ciento diecisiete mil cincuenta y tres dólares), por estar afectado por el régimen de prohibiciones de la Ley de Contratación Administrativa. Nos referimos a su oficio SAG-2010-3275, de fecha 07 de setiembre del año 2010, sobre el asunto referido en el párrafo anterior. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División deniega el refrendo al contrato anteriormente mencionado, de conformidad con los artículos 22, 22 bis incisos a), h), i), 23 inciso a) de la Ley de la Contratación Administrativa, 22 y 23 de su Reglamento, tal y como se expone a continuación: Con respecto al régimen de prohibiciones establecidas en el ordenamiento jurídico costarricense, la División Jurídica de este órgano contralor, en la resolución LEV-PROH-01-2010 de las 12 horas del 24 de febrero de 2010, determinó en lo que interesa: “El reconocimiento constitucional que en nuestro país tiene la libertad para contratar y el ejercicio de la libertad de empresa solo pueden ser restringidos en los supuestos que el propio artículo 28 constitucional prevé, es decir, en el tanto su ejercicio dañe la moral social, el orden público o los derechos iguales o superiores de terceros1. En el caso del régimen de prohibiciones previsto en la Ley de Contratación Administrativa, se limita la participación en aras de proteger un interés público mayor, que es la transparencia en las contrataciones ...
Fecha publicación: 26/10/2010
Fecha emisión: 21/10/2010
Documento: 10174-2010.pdf
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Tesauro: Verificación del régimen de prohibiciones, Impedimentos para contratar


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 10030 15 de octubre, 2010 DCA-0278 Señores Claudio Salgado Sánchez Jefe a.i. José Luis Madrigal A. Encargado Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios Caja Costarricense de Seguro Social Estimados señores: Asunto: Se otorga refrendo condicionado al contrato para la adquisición de pruebas múltiples efectivas en orina, suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y la empresa Equitrón S.A. Nos referimos a su oficio N° SAG -2010-3687 mediante el cual solicita refrendo del contrato N° P-6315-2010 para la adquisición de pruebas múltiples efectivas de orina, suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social y la empresa Equitrón S.A. Licitación Pública N° 2009-LN-000013-1142, bajo la modalidad de entrega según demanda. Una vez analizado el expediente de la respectiva contratación según lo establecido por el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública sobre los alcances del análisis de los contratos, se devuelve el contrato de mérito debidamente refrendado, bajo las condiciones que adelante se indican, cuya verificación será responsabilidad exclusiva de los señores Claudio Salgado Sánchez, Jefe a.i. y José Luis Madrigal A. Encargado, ambos como funcionarios de la Sub Área de Garantías y Contratos, Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios, Gerencia de Logística de la Caja Costarricense de Seguro Social. En caso de que los mismos no resulten competente para verificarlas, será su responsabilidad instruir a la dependencia que corresponda a ejercer el control sobre los condicionamientos señalados a continuación: 1. Es responsabilidad de esa Administración, contar con el contenido presupuestario suficiente a efectos de enfrentar la erogación correspondiente a esta contratación, de conformidad con cert ...
Fecha publicación: 18/10/2010
Fecha emisión: 15/10/2010
Documento: 10030-2010.pdf
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.09747 7 de octubre, 2010 DCA-0195 Doctor Albin Castro Acuña Director Regional Dirección Regional de Servicios de Salud, Región Brunca Telfax: 2770-2124 Estimado señor: Asunto: Se refrendan los contratos 047-2010-2799, 048-2010-2799, 049.2010-2700, y 050- 2010-2799, suscritos entre la Dirección Regional de Servicios de Salud Región Brunca, y Súper Servicio S.A. (ítemes: 1, 3, 12, 14, 31, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 42, 43, 48, 49, 50, 52, 53, 56, 58, 59, 60, 61, 67, 68, 71, 72, 73), Centro Llantero del Sur S.A. (ítemes: 2, 32, 57, 66), Importadora Automanía de Cartago S.A. (ítems: 13, 41, 51), y Tecnillantas S.A. (ítemes: 16, 23), abastecimiento de llantas, por unos montos de US$24.762.62, US$4.007.22, US$4.845.76, US$44.81, respectivamente (Licitación Pública 2010LN-000003-2799, entrega según demanda). Nos referimos a su oficio 1459-09-2010 del 23 de setiembre del presente año, mediante el cual solicita el refrendo de los contratos 047-2010-2799, 048-2010-2799, 049.2010-2700, y 050-2010- 2799, suscritos entre la Dirección Regional de Servicios de Salud Región Brunca, y Súper Servicio S.A. (ítemes: 1, 3, 12, 14, 31, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 42, 43, 48, 49, 50, 52, 53, 56, 58, 59, 60, 61, 67, 68, 71, 72, 73), Centro Llantero del Sur S.A. (ítemes: 2, 32, 57, 66), Importadora Automanía de Cartago S.A. (ítems: 13, 41, 51), y Tecnillantas S.A. (ítemes: 16, 23), abastecimiento de llantas, por unos montos de US$24.762.62, US$4.007.22, US$4.845.76, US$44.81, respectivamente (Licitación Pública 2010LN-000003-2799, entrega según demanda). Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva a los referidos contratos, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente: 1) Este refrendo se otorga con vista en las certificaciones de contenido presupuestario emitidas por las siguien ...
Fecha publicación: 14/10/2010
Fecha emisión: 07/10/2010
Documento: 09747-2010.pdf
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 09524 01 de octubre, 2010 DCA-0145 Dra. Rosa Climent Martín Gerente Gerencia Médica CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL Estimada señora: Asunto: Se concede refrendo condicionado a los contratos y adendas suscritas el día 16 de setiembre del 2010, entre la Caja Costarricense del Seguro Social, y la Asociación de Servicios Médicos Costarricense, la Cooperativa Autogestionaria de Servicios Integrales de Salud R.L., la Cooperativa Cogestionadora de Salud de Santa Ana R.L. y la Cooperativa Autogestionaria de Servidores para la Salud Integral R. L., referentes a la licitación pública 2008LN-000013-1142. Nos referimos a su oficio GM-32859-2 mediante el cual solicita refrendo a los contratos de la licitación pública 2008LN-000013-1142, suscritos entre la Caja Costarricense del Seguro Social y las empresas antes indicadas para la prestación de servicios de atención integral en salud en primer nivel reforzado, con concesión de bienes de la Caja Costarricense de Seguro Social y opción de compra sobre bienes inmuebles propiedad del proveedor. El oficio GM-32859-2, fue complementado mediante las notas SAG-2010-3304, SAG-2010- 3332. SAG-2010-3393, y SAG-2010-3450. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” y realizado el análisis de rigor, devolvemos los contratos y adendas de fecha 16 de setiembre del 2010, documentos suscritos entre la Caja Costarricense del Seguro Social, y la Asociación de Servicios Médicos Costarricense, la Cooperativa Autogestionaria de Servicios Integrales de Salud R.L., la Cooperativa Cogestionadora de Salud de Santa Ana R.L. y la Cooperativa Autogestionaria de Servidores para la Salud Integral R.L., debidamente refrendados y condicionados a los siguientes aspectos: 1.- El re ...
Fecha publicación: 06/10/2010
Fecha emisión: 01/10/2010
Documento: 09524-2010.pdf
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 08511 03 de setiembre, 2010 DJ-3515 Licenciado Máximo Peñaranda Corea Director a.i. Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo a los contratos suscritos por la Caja Costarricense de Seguro Social (C.C.S.S) con Araica S.A., INPRA S.A., INDECSA S.A., Eduardo Páez Campos, Bárbara Symanek Aleksadrowic, José Clarencio Bolaños Blanco, Walter Vargas Benavides, Luis Alfredo Molina Blanco, Marcos Antonio Montero Porras, Silvio Mena Cantón, José Joaquín González Gamboa, Luis Alfredo Molina Blanco, para la “contratación de peritos para realizar avalúos de bienes inmuebles”, derivados de la Licitación Pública GDP-LP-02-2005, todos por cuantía inestimable. Nos referimos a sus oficios N° DFA-1713-2010 y DFA-1788-2010, de fechas 20 y 30 de agosto del año 2010 respectivamente, mediante los cuales solicitan el refrendo a los contratos suscritos por la Caja Costarricense de Seguro Social (C.C.S.S) con Araica S.A., INDECSA S.A., INPRA S.A., Eduardo Páez Campos, Bárbara Symanek Aleksadrowic, José Clarencio Bolaños Blanco, Walter Vargas Benavides, Luis Alfredo Molina Blanco, Marcos Antonio Montero Porras, Silvio Mena Cantón, José Joaquín González Gamboa, Luis Alfredo Molina Blanco, para la “contratación de peritos para realizar avalúos de bienes inmuebles”, derivados de la Licitación Pública GDP-LP-02-2005, todos por cuantía inestimable. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo respectivo a los contratos que adelante mencionan, con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N° 7428 del 7 de setiembre de 1994, el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, resolución N° R-CO-10 de las 9:00 horas del 27 de enero de 2009, publicado en La Gaceta ...
Fecha publicación: 08/09/2010
Fecha emisión: 03/09/2010
Documento: 08511-2010.pdf
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 07992 20 de agosto, 2010 DJ-3301-2010 Ing. Danilo Monge Guillén Director a.i de Administración y Proyectos Especiales CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL Estimado señor: Asunto: Se refrenda el contrato con la finalidad de realizar la construcción y equipamiento de la sede de EBAIS de la comunidad de Purral-Bellavista suscrito por la Caja Costarricense del Seguro Social y A.P Constructora S.A por un monto de ¢758.888.500, plazo 28 semanas. Licitación Abreviada 2009LA-000011-4403 Se da respuesta a su oficio No DAP-886-2010 del 30 de julio de este año, mediante el cual nos remite para su estudio y eventual aprobación del contrato para la construcción y equipamiento de la sede de EBAIS de la comunidad de Purral-Bellavista suscrito por la Caja Costarricense del Seguro Social y A.P Constructora S.A por un monto de ¢758.888.500, plazo 28 semanas. Licitación Abreviada 2009LA- 000011-4403 Sobre el particular, y una vez realizado el estudio de rigor previsto en el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” y, con vista en el acto de adjudicación que se adoptó por acuerdo de Junta Directiva No 8452, Artículo 2 del 17 de junio de 2010, visible a los folios4549 y 4550, tomo 7 del expediente administrativo, se otorga el refrendo solicitado condicionado a lo siguiente: 1. Se deja bajo la exclusiva responsabilidad de la Administración la razonabilidad del precio de esta contratación, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del Reglamento antes citado. 2. Asimismo, se concede dicha aprobación con vista a la certificación presupuestaria por el Licenciado Omar Loaiza Rojas, Administrador del Plan Nacional de Infraestructura Hospitalaria el 2 de julio de este año visible al folio 4562 del expediente, en donde certifica que cuenta con la suma de ¢758.888.500 en la Partida 2510 ...
Fecha publicación: 22/08/2010
Fecha emisión: 20/08/2010
Documento: 07992-2010.pdf
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISION JURÍDICA Al contestar refièrase al oficio Nº 07294 30 de julio, 2010 DJ-3045 Msc Álvaro Vega Rojas Director Dirección de Inversiones Caja Costarricense del Seguro Social Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo el contrato de servicios de custodia de valores entre la Caja Costarricense de Seguro Social y el Banco Nacional de Costa Rica, contrato No. 2010-000003, derivado del procedimiento de licitación pública 2009LN- 000002-9125. Se atiende el oficio No. DI-1060-10 de fecha 24 de junio de 2010, recibido en este órgano contralor en fecha 25 de junio de 2010, por medio de la cual solicita refrendo contralor al contrato de servicios de custodia de valores entre la Caja Costarricense de Seguro Social y el Banco Nacional de Costa Rica, contrato No. 2010-000003, derivado del procedimiento de licitación pública 2009LN-000002-9125. Criterio del Despacho Una vez analizada la solicitud de marras, se tiene que en razón de que se trata de un contrato entre entes de Derecho Público a saber, la Caja Costarricense de Seguro Social y el Banco Nacional de Costa Rica, debe aplicarse el inciso 6) de artículo 3 del Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública. Al respecto debe indicarse que dicho numeral dispone que únicamente requiera refrendo contralor, el contrato o convenio interadministrativo, cuyo objeto contractual verse sobre el otorgamiento de concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos bajo el tipo contractual de alianza estratégica. Así las cosas, se concluye que en virtud de que el objeto contractual del contrato No. 2010- 000003, versa sobre el servicio de custodia de valores, el mismo no requiere refrendo contralor. En éste sentido en el oficio No. 02525 de fecha 16 de marzo de 2010, se indicó “(…) este órgano contralor estima que inciso 6 del artículo 3 del Reglamento sobre el refrendo de l ...
Fecha publicación: 02/08/2010
Fecha emisión: 30/07/2010
Documento: 07294-2010.pdf
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS